LA DEMANDA
En escrito de fecha 13 de mayo de 2008 (folios 01 al 03), los ciudadanos Isaías Ramón, José Juan y Doris Teresa Zambrano Urrea, asistidos por los abogados Víctor Ramírez y Minerva Yorley Zambrano Ramírez, introdujeron las rectificaciones de sus partidas de nacimientos y acta de matrimonio, alegando que son hijos legítimos de los ciudadanos José Antonio Zambrano Sánchez y María Simona Urrea de Zambrano, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. 1.704.730 y 2.283.112, ya fallecidos.
Expresan que al momento de sus presentaciones por ante el registro civil, se incurrieron en errores materiales tales como:
Primero: La partida de nacimiento del ciudadano Isaías Ramón Zambrano Urrea, el cual nació en la Aldea El Peñón del Municipio Tovar, Estado Mérida, el 27/03/1944, y fue presentado en el Registro Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo del Municipio Tovar, Estado Mérida, bajo el Nº 133, de fecha 01/04/1944 (folio 04); presenta el error material en cuanto al nombre de su madre que aparece como María del Carmen Urrea, siendo lo correcto María Simona Urrea de Zambrano.
Segundo: La partida de nacimiento del ciudadano José Juan Zambrano Urrea, el cual nació en la Aldea de Sabaneta del Municipio Tovar del Estado Mérida el 24/11/1952, y fue presentado en el Registro Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo del Municipio Tovar, Estado Mérida, bajo el Nº 685, de fecha 28/11/1952 (folio 08); presenta el error material en cuanto al nombre de su madre que aparece como Carmen Urrea, siendo el correcto María Simona Urrea de Zambrano.
Tercero: La partida de nacimiento de la ciudadana Doris Teresa Zambrano Urrea, que nació en fecha 04/03/1956 en la Aldea Sabaneta del Municipio Tovar del Estado Mérida, siendo presentada por ante el Registro Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo del Municipio Tovar, Estado Mérida bajo el Nº 139 de fecha 07/03/1956 (folio 11); presenta el error material en cuanto al nombre de su madre que aparece como Simona del Carmen Urrea, siendo lo correcto María Simona Urrea de Zambrano.
Cuarto: Solicitan que en condición de hijos se rectifique el acta de matrimonio de sus padres, ciudadanos José Antonio Zambrano Sánchez y María Simona Urrea de Zambrano, quienes contrajeron matrimonio en fecha 16 de junio de 1943, en el Concejo Municipio del Distrito Tovar, bajo el Nº 73, folios 44 y 45 (folio 14); y que dicha acta presenta el error material en cuanto al nombre de la cónyuge que aparece como Simona del Carmen Urrea Guerra siendo lo correcto María Simona Urrea Guerra.
Acompañaron los interesados al libelo de demanda como medios de pruebas: Copias certificadas de sus partidas de nacimientos, emitidas por ante el Registro Civil de las Parroquias Tovar y El Amparo del Municipio Tovar, Estado Mérida y por ante el Registro Principal del Estado Mérida; copia certificada del certificado de bautismo, emitida por ante la Arquidiócesis de Mérida, Parroquia Nuestra Señora de Regla Tovar de la ciudadana María Simona Urrea de Zambrano, madre de los solicitantes; copia certificada del acta de defunción de su madre; copias simples de sus cédulas de identidad y copia certificada del acta de matrimonio, expedida por ante el Registro Civil de las Parroquias El Llano – San Francisco del Municipio Tovar del Estado Mérida.
Finalmente solicitan que las rectificaciones sean admitidas, sustanciadas y declaradas con lugar en la sentencia definitiva.
ADMISIÓN DE LA DEMANDA
Por auto de fecha 15 de mayo de 2008 (folio 21), el Tribunal admitió la demanda de rectificaciones y se ordenó la notificación del ciudadano Fiscal Octavo del Ministerio Público, con sede en la ciudad de Tovar, Estado Mérida y se ordenó mediante edicto citar a quienes pudieran tener interés en el presente procedimiento.
PUBLICACIÓN DE EDICTO
En diligencia de fecha 23 de mayo de 2008 (folios 23 al 35), el ciudadano José Juan Zambrano Urrea, asistido por la abogado Minerva Yorley Zambrano Ramírez consignaró un ejemplar del Diario El Nacional, en donde aparece la publicación del edicto.
NOTIFICACIÓN DEL FISCAL
Corre agregada al folio 38 exposición hecha por el Alguacil del Tribunal, de fecha 28 de mayo de 2008, exhibiendo que realizó notificación del ciudadano Fiscal del Ministerio Público en fecha 26 de mayo de 2008 en la respectiva oficina a las 2:30 pm.
DE LAS PRUEBAS
Las pruebas promovidas y evacuadas, demuestran fehacientemente y son pruebas ciertas, que al asentar las partidas de nacimientos de los ciudadanos:
Primero: ISAIAS RAMÓN ZAMBRANO URREA, se incurrió en error al escribir el nombre de su madre, que aparece como María del Carmen Urrea, siendo lo correcto María Simona Urrea de Zambrano.
Segundo: JOSÉ JUAN ZAMBRANO URREA, se incurrió en error al escribir el nombre de su madre, que aparece como Carmen Urrea, siendo el correcto María Simona Urrea de Zambrano.
Tercero: DORIS TERESA ZAMBRANO URREA, se incurrió en error al escribir el nombre de su madre, que aparece como: Simona del Carmen Urrea, siendo lo correcto María Simona Urrea de Zambrano.
E igualmente al asentar el acta de matrimonio de los ciudadanos José Antonio Zambrano Sánchez y María Simona Urrea de Zambrano, se incurrió en error al escribir el nombre de la cónyuge que aparece como Simona del Carmen Urrea Guerra siendo lo correcto María Simona Urrea Guerra.
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