REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, seis de agosto de dos mil ocho.

198º y 149º

Vista la diligencia de conversión en divorcio suscrito en fecha 04 de agosto de 2.008, por los ciudadanos ÁNGEL ADRIAN BARCIA Y YENIFER CARILIS TORO DÍAZ, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio YELIPSE TRINIDAD RODRIGUEZ VELÁZQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 103.159, en el cual manifiestan al Tribunal que por cuanto ha transcurrido más de un (1) año de haberse separado y hasta la presente no ha surgido reconciliación alguna entre ellos, solicitan se convierta en divorcio la Separación de Cuerpos, es por lo que este Tribunal ordena librar boleta de notificación a la Fiscal de Familia del Ministerio Público del Estado Mérida, haciéndole saber que este Tribunal dictará sentencia en el QUINTO DIA DE DESPACHO, siguiente a aquél en que conste en autos la declaración del Alguacil de haber practicado la misma. Líbrese boleta con copia certificada del libelo de la demanda.

EL JUEZ TITULAR,


ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO.

En la misma fecha se libró boleta a la Fiscal y se le entregó al Alguacil para su efectividad. Conste.

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


ACZ/SQQ/dsf.