REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUIZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA
198° Y 149°
EXPEDIENTE NRO. 6944.-
La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por la ciudadana NORA ELENA CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3767688, Abogado inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 65895, de este domicilio y civilmente hábil. CONTRA: LUIS ALBERTO GOMEZ CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11173552, de este domicilio y hábil, MOTIVO: DESALOJO.-----------------------------------
Ahora bien, la demanda fue admitida en fecha 12 de Enero de 2.007 por este Juzgado, en fecha 23 de Octubre de 2006, observándose que la parte demandante no ha impulsado el proceso, transcurriendo más de UN AÑO (01) de inactividad procesal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora, y una vez conste en autos su notificación, al día siguiente de despacho comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. ------------------------------------------
Notifíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia.------------
FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Catorce de Agosto del dos mil ocho.
LA JUEZ:
DRA. FRANCINA M. RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo la UNA de la tarde. Se libró boleta de notificación.
LA SECRETARIA.
|