REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, nueve de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: LP21-L-2008-000403

ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
CECILIA ROJAS MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 8.035.530, civilmente hábil.
PARTE DEMANDADA:
GLADIS HERRERA DE LOPEZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad numero V- 3.323.995, civilmente hábil, en su condición de propietaria de la POSADA TURISTICA MOISES.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA:
ENDER FERNANDO OCHOA PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.776.
MOTIVO:
Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.


En el día hábil de hoy nueve (09) de diciembre de dos mil ocho (2.008), siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio de Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano: CECILIA ROJAS MEDINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V- 8.035.530, civilmente hábil, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderada judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Igualmente se deja constancia que compareció la parte demandada ciudadana GLADIS HERRERA DE LOPEZ, quien es venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad numero V- 3.323.995, civilmente hábil, en su condición de propietaria de la POSADA TURISTICA MOISES, debidamente asistida del Abg. ENDER FERNANDO OCHOA PARRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 76.776. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.--------------------------------------------
La Juez,


Abg. YAJAIRA C. ROJAS DE RAMIREZ



PARTE DEMANDADA



ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA


La Secretaria,


Abg. YURAHI GUTIÉRREZ