REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2007-003306

AUTO DE EJECUTESE DE SENTENCIA
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 16 de octubre de 2008, (inserta a los folios 124 al 127 de las actuaciones) a favor del ciudadano JONATHAN DE JESUS CARMONA BRICEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 20.571.807, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 20 de junio de 1988, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante, domiciliado en Urbanización Bubuqui VI, calle 7, casa Nº 23, El Vigía Estado Mérida, hijo de Humberto de Jesús Carmona y Maribel Briceño de Carmona, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO, conforme al artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48.1 ejusdem; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción de los siguientes objetos: 1.-Un (01) Arma de Fuego, Tipo Escopeta, de Fabricación no patentada rudimentaria, Larga por Manipulación, su cuerpo se compone por un Cañón de anima lisa, caja de mecanismo, conformada por guardamonte, disparador, martillo, aguja de percusora, con su plano de cierre abisagrado, empuñadura o culata de madera de color marrón parcialmente labrada con una cantonera de madera de color marrón, observándose del lado izquierdo de la caja de los mecanismos inscripción en bajo relieve donde se lee WINCHESTER CAL 16 S 4200.
2.- Un (01) Arma de Fuego, Tipo Escopeta, de Fabricación no patentada rudimentaria, corta por su manipulación, su cuerpo se compone por un cañón de anima lisa, caja de mecanismo, conformada por guardamonte, disparador, martillo, aguja de percusora, con su plano de cierre abisagrado, empuñadura o culata de madera de color marrón parcialmente labrada con una cantonera de material sintético, color negro, observándose del lado izquierdo de la caja de los mecanismos inscripción en bajo relieve donde se lee “RUGER CAL 16”.
3.-Dos (02) cartuchos para armas de fuego, tipo de escopeta, calibre 12, conformada por manto cilíndrico de material sintético, color rojo, con carga explosiva y plomo de los denominados tres en boca, su culote metálico de color amarillo provista de una inscripción en bajo relieve donde se lee “ARMUSA 12”, el cual se encuentra en regular estado de uso y conservación sin percutir. 4.-Un (01) Arma de Fuego para uso individual, tipo portátil, corta por su manipulación, según el sistema de mecanismo recibe el nombre de “PISTOLA”, de fabricación rudimentaria, color negro, provista de su cargador, la cual exhibe signos físicos de oxidación en su superficie, con su empuñadura unida a la prolongación metálica de la caja de los mecanismos cubierta por una tapa elaborada con un cargador con capacidad para 12 municiones, de igual manera se aprecia en su recamara una bala de la marca OFL, del mismos calibre la cual presenta lesión en su capsula fulminante. 5.-Dos (02) cargadores para pistola, de metal, uno con capacidad para 19 balas, el cual presenta una inscripción en bajo relieve en uno de sus lados donde se lee “P1 9mm x 19” y otro con capacidad para 12 balas, el cual presenta en su base en bajo relieve de uno de sus lados donde se lee “ITALY” y del otro lado calibre 7,65 mm 32 auto. 6.-Seis (06) balas del calibre 9 mm, tres (03) de la marca LUGER PMC, y tres (03) de la marca FN 68, con proyectil cilindro ojival enchaquetado el cuerpo de cada una de ellas compuesto por un proyectil, concha y carga explosiva, se encuentran en buen estado sin lesión en su capsula de fulminante. 7.-Una (01) caja de cartón, de color marrón, en una de sus caras se lee en letras de color morado: TOSHIBA, con las siguientes dimensiones treinta y seis centímetros con cinco milímetros (36,5 cmts) de alto por cuarenta y tres centímetros de ancho (43cmts), se encuentran en regular estado de uso y conservación.8.- Una (01) Pieza, elaborada en fibras naturales y sintéticas de color beige con estampado de flores de color rosado, azul y verde, comúnmente usada para cubrir o proteger almohada, dicha pieza se aprecia sucia, sucio y en regular estado de uso y conservación. Los objetos anteriormente descritos aparecen y constan registrados en la planilla de resguardo y custodia de evidencias físicas Nº 587 de fecha 24 de diciembre del año 2007, y debidamente experticiados en Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-AT-1285 realizada por el Agente Raúl Sánchez García, de la misma fecha, llevadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalìsticas, Sub delegación El Vigía, averiguación Nº H-815-001, expediente Fiscal Nº 14-F6-873-07; en tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita las armas anteriormente descritas en los numerales 1 al 6 a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional (DARFA) para su destrucción, y en relación a los objetos señalados en los numerales 7 y 8, se ordene su destrucción en sede propia, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a concluir la presente causa y ordenar su remisión al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cùmplase.

JUEZA (S) DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ASHNERIS MASSIEL OSORIO RODRIGUEZ


LA SECRETARIA