REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
ASUNTO PRINCIPAL : LK11-P-2000-000018
EJECÚTESE DE SENTENCIA
Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 26 de noviembre de 2008, (la cual corre inserta a los folios 240 al 242 de las actuaciones) a favor del ciudadano MANUEL AVILA LANS, de nacionalidad colombiana, natural de San Onofre, Departamento Sucre, Colombia, indocumentado, nacido en fecha 03 de julio de 1965, de 43 años de edad, de profesión u oficio obrero, domiciliado en la Agropecuaria San Joaquín, propiedad del Abogado Rafael Urdaneta, Carretera Encontrados, Santa Bárbara, Kilómetro 8, hijo de Pedro Ávila Díaz y María Gertrudis Lans, por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES SIMPLES, LESIONES INTENCIONALES LEVES Y PORTE ILIICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 415, 418 y 278 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, cometidos en perjuicio de los ciudadanos NEVER JOSE DORIA, AURA ROSA LEON Y EL ORDEN PUBLICO respectivamente, conforme al artículo 318.3 del Código Orgánico Procesal Penal; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE.
PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1.- Un (01) cuchillo, compuesto por una hoja de corte color plateado con una longitud de 19 cm por 3 cm de ancho y en su parte mas prominente, en la hoja del lado izquierdo se lee la inscripción H I TECH STAINLESS STEEL, cacha o empuñadura de material sintético color negro compuesta por dos tapas. El objeto anteriormente descrito aparece y consta registrado en la planilla de remisión S/N y sin fecha, debidamente experticiados, según Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230 de fecha 22 de agosto del año 1999, realizada por el Agente Freddy David Montilla, llevadas por el entonces para la época por Cuerpo Técnico de Policía Judicial ahora Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalìsticas, Sub delegación El Vigía, Expediente Nº 107/99; en tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que proceda a la destrucción del arma descrita, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a concluir la presente causa y ordenar su remisión al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.
JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02
ABG. ASHNERIS MASSIEL OSORIO RODRIGUEZ
SECRETARIA