REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, quince de diciembre del dos mil ocho.----------------------------------------------------------------
198º y 149º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde el día 07 de febrero de 2006, exclusive, fecha de la última actuación valida en el presente proceso, tal y como consta del folio 49 del expediente, hasta el día de hoy, inclusive, ha transcurrido OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO (894) DIAS CONSECUTIVOS, equivales a DOS (2) AÑOS SEIS (6) MESES Y DOS (02) DIAS, sin que la parte actora le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de la Constitución y sus Leyes y de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presente proceso, por negligencia de la parte actora ante la falta de impulso procesal. Se ordena dar por terminado el juicio y archivar el expediente, una vez se encuentre firme la presente decisión. Se ordena notificar de la presente decisión mediante boleta, solamente a la parte actora, haciéndole saber que una vez conste de autos la resulta de la notificación ordenada, comenzará a correr el lapso legal de apelación en contra de la decisión dictada. Líbrese Boleta de Notificación y para la practica de la misma se comisiona amplia y suficientemente con facultades de sub-comisionar si fuere menester al Juzgado de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Tovar.-
EL JUEZ,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
En la misma fecha se libro la notificación ordenada y se remitió al comisionado con oficio Nº 1354.-
LA SRIA,
ABG. ESCALANTE NEWMAN.-