REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, dos (02) de Diciembre del año dos mil ocho (2.008).-

198° y 149°

Por cuanto se encuentra vencido el lapso otorgado por la Ley, para que la parte actora ejerza los recursos que crea convenientes y sin que esto haya ocurrido, se DECLARA DEFINITIVAMENTE FIRME LA SENTENCIA PERENTORIA, de fecha veintiuno (21) de Abril del año dos mil ocho (2.008), en el expediente signado bajo el N° 2419, nomenclatura interna de este Tribunal. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo definitivo del expediente- CÚMPLASE.------------------------------------LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI R.
EL SECRETARIO
ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-


SÁNCHEZ MOLINA SRIA.
MUR/mb.-
EXP. N° 2419.-