REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, tres (03) de diciembre de dos mil ocho (2.008).-

198º y 149º

Vista la diligencia de fecha primero (01) de diciembre del año dos mil ocho (2.008), y que riela al folio cuarenta (40), del presente expediente, suscrito por la ciudadana YOLANDA JOSEFINA PEREZ, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio ANGIE OVALLES, ambas plenamente identificadas en autos, el tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, vista la manifestación de voluntad de la parte actora, en que se Archive el presente expediente, por cuanto la parte demandada desalojo el inmueble objeto de la presente juicio, este tribunal ordena de acuerdo a lo anterior, dar por terminado el presente juicio y el Archivo definitivo del presente expediente. Así mismo, se acuerda oficiar al Juzgado Ejecutor de Medidas de este Municipio, a fin de solicitarles sea remitido el Cuaderno de Mandamiento de Ejecución, signado con el N° 2.599, perteneciente a este expediente, para su posterior archivo del mismo. Librese oficio.- CUMPLASE.----------------
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON.
EL SECRETARIO,


ABG. JERRY LARRY SÁNCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libro oficio con el N° 1.056.-

SÁNCHEZ MOLINA SRIO.
MMUR/jm.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
Ejido, 03 de diciembre del año 2008.-
198° y 149°
OFICIO. Nº 2690-1056.-
CIUDADANO.-
JUZGADO EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
SU DESPACHO.-
Tengo el agrado de dirigirme a Usted, en la oportunidad de solicitarle, sea remitido a este Tribunal a la brevedad posible, Cuaderno de Mandamiento de Ejecución, librado en el expediente signado con el N° 2.599, el cual fuera remitido a Ustedes en fecha 11 de noviembre de 2.008, con oficio N° 2690-963, por cuanto este Tribunal dicto auto el día tres (03) de diciembre del año dos mil ocho (2.008), dando por terminado el aludido expediente, y se ordeno el Archivo definitivo del mismo. DEMANDANTE: YOLANDA JOSEFINA PEREZ DEBIDAMENTE ASISTIDA POR LOS ABOGADOS EN EJERCICIO PEDRO LEOBARDO QUINTERO MATOS y JESUS OLINTO PEÑA RIVAS.- DEMANDADO: SANTIAGO DE JESUS GARCIA DAVILA.- MOTIVO: DESALOJO.-

Sin otro particular a que hacer referencia, quedo de Usted;
ATENTAMENTE

ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
LA JUEZA TEMPORAL
MMUR/Jlsm/jm.-