REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dos de Diciembre de dos mil ocho.
198º y 149º
Por recibido el anterior libelo de la demanda junto con los recaudos acompañados, es por lo que acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, Visto el libelo de la demanda presentada por la SOCIEDAD MERCANTIL RUEDA & ASOCIADOS BIENES RAICES C.A. a través de la Ciudadana RAQUEL RUEDA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 9.471.180, domiciliada en esta ciudad de Mérida y hábil, en su condición de Director General y como Representante legal . CONTRA: SOCIEDAD MERCANTIL PROYECTOS DELVAMI C.A. a través de FRITZ ALBERTO MULLER NAVARRO o DELIA MENDEZ DE MELLER, Venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, titulares de las cédula de identidad Nros. 5.539.861 y 5.564.162, el primero Ingeniero Civil y la Segunda Abogado, Casados y civilmente hábiles, en su condición de Directores y Representantes legales. MOTIVO: VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, por cuanto la misma no es contraria a la Ley, al orden público, a las buenas costumbres y además porque este Tribunal es competente por razón del territorio y la cuantía, es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, En consecuencia, se ordena la citación de los demandados FRITZ ALBERTO MULLER NAVARRO ó DELIA MENDEZ DE MELLER, antes identificados para que comparezca por ante este Tribunal en el SEGUNDO día de despacho siguiente a que conste en auto la citación, más siete (07) días que se le concede como término de distancia, en horas de despacho, a fin dar contestación a la demanda que hoy se providencia. Compúlsese el libelo de la demanda con su orden de comparecencia al pie de la misma, y anéxesele copia fotostática certificada del libelo de la demanda a los fines de que el Alguacil de este Juzgado practique la citación del demandado. En cuanto a la medida solicitada, por auto separado se resolverá lo conducente.
LA JUEZA,
DRA. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha, se formó expediente, se le dio entrada bajo el Nro. ________ se libraron recaudos de citación.-
LA SECRETARIA,