REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dos de Diciembre de dos mil ocho.-

198º y 149º

De la revisión exhaustiva de las actas que integran el presente expediente se observa que en fecha 14-03-2000, fue dictada la Perención la Instancia, y en fecha 01-08-2005, la Abg. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO, Juez Temporal de este Juzgado, se abocó al conocimiento de la presente causa, y por error involuntario se obviaron librar las correspondientes Boletas de Notificación a las partes. En consecuencia, se ordena la notificación de la parte Demandante. Líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se libró la correspondiente Boleta de Notificación.-
Sria Tit.-