REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, 22 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO

197º y 148º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos FABIOLA ARMINDA ORDOÑEZ GONZALEZ y JHORDAN JOSE UZCATEGUI RONDON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 18.965.847 y 17.895.937, ama de casa, soltera, domiciliada en Calle Uzcátegui, casa Nº 5 Ejido y el segundo, obrero, soltero, domiciliado en Avenida Centenario con calle Lourdes, casa Nº 35, Ejido Edo Mérida, quienes convinieron en el siguiente acuerdo: Manifestó el ciudadano JHORDAN JOSE UZCATEGUI RONDON, que la madre del niño OMITIR NOMBRE, compartirá con su hijo los fines de semana cada quince días, lo buscara en su residencia el día viernes a las seis de la tarde 6:00pm y lo retornara el día domingo a las seis de la tarde 6.00pm en la misma dirección. Las vacaciones escolares y decembrina compartidas en un cincuenta por ciento (50%) con cada uno de los progenitores. El resto de días feriados serán compartidos alternamente. Presente la madre del niño ciudadana FABIOLA ARMINDA ORDOÑEZ GONZALEZ, manifestó estar de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: FABIOLA ARMINDA ORDOÑEZ GONZALEZ y JHORDAN JOSE UZCATEGUI RONDON, plenamente identificados en autos, en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 18197 de HOMOLOGACION REGIMEN DE VISITAS. CÚMPLASE.-
LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 01


ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.
Yq.- 18197