REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 22 de Enero del dos mil ocho.
197º y 148º
Vista la diligencia de fecha 17 de Enero del 2008 suscrita por el ciudadano LENIN LORENZO MONTILLA RANGEL, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.035.804, en su carácter de parte actora, asistido por el abogado EURO ANTONIO LOBO ALARCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.587, mediante el cual desiste del presente procedimiento en virtud de haber operado la reconciliación, solicitando de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se de por consumado el acto y se proceda como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y se ordene el archivo del expediente, el Tribunal acuerda conforme lo solicitad, en consecuencia se, HOMOLOGA el presente desistimiento, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el proceso, y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión conforme la ley. Y así se decide.
EL JUEZ
JUAN CARLOS GUEVARA L.
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.