JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. El Vigía, veinticuatro de enero de dos mil ocho.

197 y 148
Vista la Transacción realizada en fecha 25 de octubre de 2007, por ante el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por el Abogado GONMAR PÉREZ MENDOZA, con el carácter de apoderado judicial de la Parte Actora y la ciudadana SARA ISABEL DELGADO, asistida por la Abogado María Atencio Romero, Parte Demandada, que obra a los folios 24 y 25, del presente expediente este Tribunal, observa:
El presente juicio versa sobre cobro de bolívares por la vía intimatoria y de la revisión del expediente se puede constatar que la parte actora o el apoderado de la parte actora tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el convenimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente transacción y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena agregar Cuaderno de Medidas al Expediente.
EL JUEZ ,

ABG. JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,