REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
197° y 148°
SENTENCIA Nº 014
ASUNTO PRINCIPAL: LP21-L-2007-000553
ASUNTO: LP21-R-2008-000005
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON FUERZA DEFINITIVA
-I-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
PARTE DEMANDANTE: ANA HILDA SOLER DE VERA, venezolana, mayor de dad, titular de la cédula de identidad número V-25.004.052, domiciliada en la población de Bailadores, Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida.
ABOGADOS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO y JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.475.833 y V-14.529.518 respectivamente, Abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números: 91.089 y 103.174, en su condición de Procuradores Especiales de los Trabajadores en el Estado Mérida.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil “AGRO-FRESA, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el número 25, tomo A-27, en fecha 26 de septiembre del año 2005, representada por el ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.712.062, domiciliado en la población de Bailadores, Municipio Rivas Dávila del estado Mérida.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO ANTONIO PRIETO, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-4.243.33, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 66.708, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida.
MOTIVO: Recurso de Apelación formulado por el ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, en su condición de Director Gerente de la empresa demandada “AGRO-FRESA, C.A.”, en contra de la Sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de fecha 14 de enero del año 2008, en la causa principal Nº LP21-L-2007-000553.
-II-
BREVE RESEÑA DE LOS HECHOS
Las presentes actuaciones llegaron a esta alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, en su condición de Director Gerente de la empresa demandada “AGRO-FRESA, C.A.”, en contra de la Sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 14 de enero del año 2008, en el juicio incoado por la ciudadana ANA HILDA SOLER DE VERA en contra la Sociedad Mercantil, “AGRO-FRESA, C.A.”, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales (folios 36 y 37).
Recurso de apelación que fue admitido en ambos efectos por el A quo, según auto de fecha 22 de enero de 2008 (folio 41), ordenándose remitir el presente expediente a éste Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que conozca de la apelación interpuesta, el cual fue recibido en ésta Instancia, en fecha primero (01) de febrero de dos mil ocho (2008) (folio 43).
Sustanciado el presente asunto, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se fijó para el cuarto (4º) día de despacho, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), la audiencia oral y pública en esta instancia, estableciendo un lapso de 2 días de despacho, para que la parte demandada-recurrente, promueva las pruebas que considere pertinentes en relación a las causas justificativas de su incomparecencia a la audiencia preliminar. A tal efecto, el representante legal de la empresa demandada, ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, en su condición de Director Gerente, asistido por el abogado Gerardo Prieto, a través de escrito consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Coordinación del Trabajo, el día 06 de febrero de 2008, ratificó los documentos que se encuentran agregados al expediente en los folios 38 y 39 (folio 45).
La audiencia de apelación, se celebró de conformidad a la Ley, el día lunes 11 de febrero de 2008, a la hora fijada, en la misma estuvieron presentes, el ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, en su condición de Director Gerente, de la empresa demandada-recurrente Sociedad Mercantil, “AGRO-FRESA, C.A.”, asistido por el abogado GERARDO ANTONIO PRIETO, así como la ciudadana ANA HILDA SOLER DE VERA, parte actora en la presente causa, asistida por el abogado JHOR ANGEL FAJARDO MEDINA, en su condición de Procurador Especial de los Trabajadores en el Estado Mérida, se escucharon los argumentos de la apelación, por parte del recurrente, así como las defensas de la demandante.
Una vez concluido el debate oral, la Juez Superior del Trabajo, de acuerdo a la exposición de las partes, los instó a la aplicación de un medio alternativo de solución de conflictos, como es la conciliación, de conformidad con los artículos 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aceptando las mismas, e informando a la Juez después de dialogar en privado, que habían llegado a un acuerdo conciliatorio, en el que la parte demandada “AGRO-FRESA, C.A.” a través de su representante legal MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, ofrecía pagar a la ciudadana ANA HILDA SOLER DE VERA, la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.500,oo), mediante un cheque de la entidad mercantil BANCO SOFITASA, signado con la nomenclatura Nº 0137-0025-73-0001160561, fechado once (11) de febrero de 2008, por la cantidad antes señalada. Por su parte, la accionante, ciudadana ANA HILDA SOLER DE VERA, manifestó estar de acuerdo con la cantidad ofrecida por la parte accionada y recibió, el instrumento mercantil antes señalado, del cual se dejó copia fotostática, que fue agregada al expediente en el folio 50, es de mencionar que la Señora ANA HILDA SOLER, había recibido pago de Vacaciones, Utilidades, adelanto de Prestaciones Sociales, mas de lo indicado en el libelo de la demanda, tal como fue aceptado por ella en la audiencia de apelación, ante la Juez Superior, de acuerdo a los recibos presentados por la accionada. En consecuencia, por la conciliación supra, la parte demandada desistió del recurso ejercido, solicitando ambas partes al Tribunal Superior, que de por terminado el presente juicio.
-III-
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
De lo antes expuesto, observa esta alzada, que lo convenido por las partes es producto de un proceso conciliatorio que fue dirigido por este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que los instó, con el fin de promover la mediación y conciliación, como mecanismos adecuados y convenientes para la resolución de los conflictos, apoyándose en lo establecido en los artículos 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que permite al Juez como rector del proceso, promover medios alternativos de solución de conflictos, en cualquier estado y grado de la causa.
Por las razones anteriores y, además, por los presupuestos fácticos del caso sometido al estudio y decisión de este órgano jurisdiccional, es a juicio de quien sentencia, procedente en el presente asunto, homologar el acuerdo alcanzado, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, declarando el desistimiento de la apelación, tal como será establecido en la parte dispositiva del presente fallo. Y así se decide.
-IV-
DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Ratifica el acuerdo alcanzado por las partes en la audiencia de Apelación celebrada el día once (11) de febrero de dos mil ocho (2008).
SEGUNDO: Se homologa el acuerdo alcanzado, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
TERCERO: Se declara desistido el recurso de apelación formulado por el ciudadano MIGUEL EDUARDO FERRAZ MARTIN, en su condición de Director Gerente de la empresa demandada “AGRO-FRESA, C.A.”, en contra de la Sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 14 de enero del año 2008, en la causa principal Nº LP21-L-2007-000553.
CUARTO: Se da por terminado el presente juicio, ordenándose el archivo definitivo del asunto una vez que quede firme la presente decisión.
QUINTO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el Parágrafo Único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y expídanse copias certificadas de la presente sentencia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los doce (12) días del mes de febrero del año dos mil ocho (2008). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Juez Titular,
Dra. Glasbel Belandria Pernia
El Secretario
Abg. Fabián Ramírez Amaral
En la misma fecha, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) se publicó la anterior sentencia a la puerta del Tribunal y se dejó la copia ordenada.
El Secretario
Abg. Fabián Ramírez Amaral
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