REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 26 de Febrero de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2008-000795
ASUNTO : LP01-P-2008-000795
Escuchadas como fueron las partes en la audiencia de presentación de detenido, realizada el día 16 de febrero de 2008, este Tribunal de conformidad con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a motivar lo resuelto en dicha oportunidad, para lo cual observa:
De la solicitud fiscal
Mediante escrito de fecha 15 de febrero de 2008, presentado por el abogado JOSMER ANTONIO USECHE BARRETO, Fiscala del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, remitió a la orden de este Tribunal de control al ciudadano JAMES RENGIFO, Colombiano, de 62 años de edad, residenciado en urbanización Caño Seco II, calle 9, casa n° 23, El Vigía, Estado Mérida y titular de la cédula de identidad E-81.151.692; quien resultó aprehendido en virtud de aparecer solicitado según oficio 12243 de fecha 25 de agosto de 1987, causa 7887 (B-773.747) seguida ante el extinto Juzgado Tercero Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida por la comisión del delito de tenencia ilícita de estupefacientes.
Indicó la representante fiscal que la referida causa se encuentra concluida y se halla actualmente en el Registro principal (legajo n° 2 y 3, página 2, oficio 91-530 de fecha 18-03-1991); solicitando la inmediata libertad del sujeto aprehendido.
Motivación
1.- Del acta policial cursante en autos (f. 5) consta que la aprehensión del ciudadano JAMES RENGIFO (antes identificado), ocurrió el día 11 de febrero de 2008 y fue realizada por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Táchira, luego de interceptar al mencionado ciudadano y solicitarle su identificación, la cual una vez verificada en el sistema de información policial se determinó que el mencionado ciudadano se hallaba solicitado por el extinto Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal del Estado Mérida, según oficio n° 12243 de fecha 25 de agosto de 1987, causa 7887 (B-773.747), siendo por tal razón aprehendido el sujeto y puesto a la orden del despacho fiscal arriba indicado.
2.- De acuerdo a lo expresado por el fiscal del Ministerio Público actuante, la causa penal n° 7884 (B-773.747) se halla concluida y por tal motivo resulta procedente la libertad inmediata del ciudadano antes nombrado, debiendo oficiarse al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para dejar sin efecto tal orden de detención.
3.- De la revisión efectuada a las copias certificadas de la causa penal acompañada por el representante fiscal, se constata que la referida causa penal fue ordenada la libertad del ciudadano JAMES RENGIFO y dicho expediente se encuentra concluido en el Registro Principal de la ciudad de Mérida, siendo de destacar que se omitió dejar sin efecto la primigenia orden de captura en contra del mencionado imputado, librada en la causa.
En vista de que no existe orden de captura vigente contra el ciudadano JAMES RENGIFO (identificado supra) por cuanto la causa ya concluyó y se halla –como ya se dijo- archivada en el Registro Principal, se concluye que no hay motivo legal alguno que justifique la orden de aprehensión que contra el referido imputado, figura en el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL).
Por tanto, este juzgador, luego de escuchar a las partes y efectuar la respectiva revisión de las actuaciones ordena la inmediata libertad del ciudadano JAMES RENGIFO (identificado en autos), conforme a los artículos 44 Constitucional y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo procedente además, dejar sin efecto alguno, la precitada orden de captura, para lo cual se oficiará lo pertinente a los órganos de seguridad del Estado, entre ellos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a quien se ordena notificar la presente decisión, a los fines de actualizar la data del imputado de autos.
Decisión
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal funciones de Control administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- Ordena la inmediata libertad del ciudadano JAMES RENGIFO (identificado en autos); 2.- Oficiar a los órganos de seguridad del Estado informando que ha quedado sin efecto la orden de captura dictada por el extinto Juzgado Tercero Penal del Estado Mérida en la causa n° 7884 (B-773.747) contra el ciudadano JAMES RENGIFO. La presente decisión tiene fundamento en los artículos 44 Constitucional y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal y defensor actuantes, de la publicación del presente auto fundado, cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. GLEDYS JUDITH DÍAZ SÁNCHEZ
En fecha________________se cumplió lo ordenado mediante oficios Nos____________________________________________, conste. Srio.-