REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, diecinueve de febrero de dos mil ocho.

197° y 148°

Vista la inhibición formulada por el suscrito, mediante declaración contenida en el acta de fecha 13 del presente mes y año, y por cuanto se encuentra vencido el lapso previsto para formular allanamiento, sin que conste en autos que el mismo se haya propuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de esta Circunscripción Judicial, a los fines que, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, proceda a convocar a los suplentes en su orden de su elección, y agotados estos, a los conjueces en el orden de su designación, para que conozcan de las incidencias de inhibición surgidas en el presente proceso, y, de ser declaradas con lugar, se avoque al conocimiento de la causa. Désele salida y remítase con oficio.

El Juez Provisorio,


Daniel Monsalve Torres


El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se remite el expediente al Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en 3 piezas, constante de 784 folios útiles, con oficio Nº 0096-2008, salida Nº 36.-


El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega



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