REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, veinticinco (25) de Febrero del año dos mil ocho (2.008).-
197º y 149º
Visto el convenimiento de fecha catorce (14) de Febrero del año en curso, suscrito por las partes, plenamente identificadas en autos y que corre inserto a los folios diecisiete (17) al diecinueve (19), perteneciente al Expediente signado bajo el N° 2.556, en donde las partes solicitan del Tribunal se sirva HOMOLOGAR dicho auto Composición Procesal e impartirle el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, este Despacho, acuerda conforme a lo solicitado y HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO suscrito, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, y se ordena abstenerse del archivo del expediente, hasta tanto conste en autos el cabal cumplimiento del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- EXPEDIENTE N° 2.556.- DEMANDANTE: ABG. ALVARO ORLANDO MORENO VILLAMIZAR ENDOSATARIO DE UNA (01) LETRA DE CAMBIO.- DEMANDADO: JOSE AMERICO MORENO.- MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMATORIA. FECHA DE ENTRADA 01 DE ENERO DE 2.008.-CUMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
LA SECRETARIA TEMPORAL


ILDA NEWMAN CONTRERAS
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
NEWMAN CONTRERAS SRIA. TEMP.
MMUR/inc/jm.-