REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES

Recibido por distribución hoy, 4 de julio de 2008, constante de 8 folios útiles el escrito de amparo y 156 folios útiles en anexos. Dése cuenta al ciudadano Juez.

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cuatro de julio de dos mil ocho.

198° y 149°

Visto el anterior escrito y sus recaudos anexos, contentivo del recurso de amparo constitucional interpuesto por los abogados ROMAURO MORENO LACRUZ y ALFREDO CAÑIZARES BELLO, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos JUAN JOSÉ BECERRA PEÑA y MARÍA ELENA PEÑA DE BECERRA, quien actúa en nombre y representación de su hija, la adolescente (cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), contra sentencia dictada por la JUEZA UNIPERSONAL Nº 2 DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, désele entrada, curso de ley y fórmese expediente. En cuanto a la admisibilidad de la acción de amparo propuesta, este Tribunal resolverá lo conducente por auto separado.-

El Juez,


Daniel F. Monsalve Torres

El Secretario,


Roger E. Dávila Ortega

En la misma fecha se le dio entrada y se formó expediente bajo el N° 03088.

El Secretario,

Roger E. Dávila Ortega