LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA


198° y 149º


PARTE EXPOSITIVA

Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la abogado en ejercicio MARIA ANDREINA ORTA DE CELIS, titular de la cédula de identidad Nº 8.007.346, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.745, de este domicilio y jurídicamente hábil, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº 666.175, domiciliada en Mérida Estado Mérida y civilmente hábil, promueve la rectificación de la Partida de Nacimiento, asentada por ante los Libros del Registro Civil de Nacimientos del Estado Mérida y Registro Civil del Municipio Sagrario del Estado Mérida, correspondiente al año 1.933 según así consta de acta de nacimiento número 85. Manifiesta la solicitante que en dicha partida de nacimiento aparece un error material en su primer nombre, en el sentido de que su primer nombre verdadero es “HILDA” y no “ILDA”, siendo como aparece en la partida de nacimiento asentada por ante el Registro Civil de Nacimientos del Estado Mérida y Registro Civil del Municipio Sagrario del Estado Mérida.

PARTE MOTIVA

El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado al levantar el Acta de Nacimiento de la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS. Al efecto observa este Juzgador que obran en autos los siguientes documentos: A) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS, expedida por el Registro Principal Civil del Estado Mérida, correspondiente al año 1.933 y signada con el acta Nº 85; B) Copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS; C) Original de poder otorgado a la abogado en ejercicio MARIA ANDREINA ORTA DE CELIS, por la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS; D) Copia Simple del pasaporte de la ciudadana HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS y del ciudadano JUAN DE DIOS CELIS DAVILA; E) Copia simple de documentos. Encuentra este Tribunal que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error señalado por la solicitante en cuanto a su primer nombre. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error invocado que aparece en la PARTIDA DE NACIMIENTO Nº 85 de la ciudadana: HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS, de los Libros de Registro Civil correspondientes al Registro Civil del Municipio Sagrario del Estado Mérida, como en los libros llevados por el Registro Principal del Estado Mérida, durante el año 1.933, razón por la cual la solicitud de rectificación de la Partida de Nacimiento a que se contrae este expediente debe ser declarada con lugar y así se decide.

PARTE DISPOSITIVA

En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 85, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante El Registro Civil del Municipio Sagrario del Estado Mérida, durante el año 1.933, correspondiente a la CIUDADANA: HILDA JOSEFINA DE LOURDES RUIZ CARNEVALI DE CELIS, en el entendido de que en el Libro de Partidas de Nacimiento llevado en dicho Registro Civil, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el primer nombre de la solicitante en la forma siguiente: “HILDA”, y no “ILDA”. Queda así rectificada dicha partida de Nacimiento.

DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cuatro de julio de dos mil ocho.
EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO.


LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las nueve y media de la mañana. Conste.
LA SECRETARIA,


SULAY QUINTERO QUINTERO.

ACZ/SQQ/lvpr.-