REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Ejido, cuatro (04) de Julio del año dos mil ocho (2.008).-

198º y 149º

Visto el desistimiento suscrito por la parte Demandante, ciudadano Abogado en Ejercicio JOSE ROMAN RINCÓN RAMIREZ, plenamente identificado en autos y que corre inserto al folio veintiséis (26) del Expediente signado bajo el Nº 2.244.- En tal sentido, la parte demandante de autos solicita del Tribunal se sirva HOMOLOGAR dicho auto Composición Procesal e impartirle el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia, este Despacho, en virtud de la expresión de voluntad del accionante, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO suscrito, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, así mismo, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se ordena hacer entrega la letra de cambio que en original se encuentra bajo resguardo en la caja fuerte de este Tribunal. El ciudadano Abogado en Ejercicio JOSE ROMAN RINCÓN RAMIREZ, firmara al pie del presente auto en constancia legal de haber recibido conforme la letra de cambio. DEMANDANTE: bogado en Ejercicio JOSE ROMAN RINCÓN RAMIREZ ACTUANDO COMO ENDOSATARIO DE LA CIUDADANA LEYDA CORDERO.- DEMANDADO: LUIS YUBANI ABREU C.- MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES VIA INTIMATORIA.- FECHA DE ENTRADA: 18 DE FEBRERO DE 2.004.- CUMPLASE.---------------------
LA…
… JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,


ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

RECIBI CONFORME




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SANCHEZ MOLINA SRIO.-
EXP. N° 2.244.-
MMUR/Jlsm/Jm.-