GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. - Mérida, Quince (15) de Julio de Dos Mil Ocho (2.008).-

198º y 149º
Vista la TRANSACCIÓN (Dación en Pago), celebrada entre las partes en el presente juicio, en fecha 30-06-08, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, tal y como consta en el cuaderno de embargo, inserta al folio Diecinueve (19) y vuelto, este Tribunal luego de un análisis exhaustivo de los puntos que conforman el mismo, observa que este no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal, y no viola el derecho a la defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales que son de indubitable cumplimiento para una sana y recta administración de justicia, tal como lo prescribe la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN (Dación en Pago), , en consecuencia se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el juicio, se suspende la medida de EMBARGO decretada, se agrega a los autos los recaudos de intimación y el cuaderno de medida preventiva de embargo, que se libraron. El tribunal ordena el ARCHIVO del expediente.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.

EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO QUEDANDO ANOTADO EN EL LIBRO DIARIO BAJO EL ASIENTO N° 8.

Sria. Tit.