el día de hoy quince de julio de dos mil ocho, siendo las once de la mañana, habiendo salido el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de su sede a las diez y cuarenta minutos de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, frente a un inmueble, consistente en un Apartamento, ubicado en el Edificio “D”, signado PH-D-3, Residencias “EL RODEO”, Avenida Las Americas, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Liberador del Estado Mérida, con la finalidad de dar cumplimiento al Mandamiento de Ejecución librado por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el expediente N° 6010, referente a la comisión signada por este Juzgado bajo el N° 2466-2008. Esta presente el Apoderado Judicial de la parte actora Abogado Santiago Alexander Morales, titular de la cédula de identidad N° 8.038.864, Impreabogado bajo el N° 74.489. Acto continuo, el Juzgado hizo el llamado en la puerta principal que da acceso al inmueble, respondiendo al llamado la ciudadana Ana Gloria Varela de Hernández, titular de la cédula de identidad N° V-4.488.865 a quien el Juzgado procedió a notificar de su misión y constitución, dándole acceso al Juzgado al interior del inmueble, constituyéndose el Juzgado dentro del mismo. Acto continuo, solicito el derecho de palabra el Apoderado Judicial de la parte actora y con el derecho de palabra concedido expuso: “Solicito al Juzgado proceda a darle cumplimiento al presente mandamiento de ejecución y se me haga entrega del inmueble ordenado, en el cual se encuentra constituido el Juzgado es todo”. Seguidamente, el Juzgado deja constancia de que el inmueble se encuentra totalmente desocupado. Acto continuo, la demandada ciudadana Ana Gloria de Hernández solicitó el derecho de palabra y con el mismo concedido expuso: “En este momento hago entrega de los dos juegos de llaves al Juzgado Primero Ejecutor y manifiesto mi retiro voluntario del mismo, es todo”. Acto continuo, el Juzgado instó a la demandada a que se hiciera asistir de abogado. Seguidamente, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace entrega al Apoderado Judicial de la parte actora Abogado Santiago Alexander Morales del inmueble, consistente en un Apartamento, ubicado en el Edificio “D”, piso PH-D-3, Residencias “El Rodeo”, Avenida Las Americas, Parroquia Mariano Picón, Salas Municipio Libertador del Estado Mérida, libre de personas, animales y cosas. Acto seguido el Abogado Santiago Alexander Morales en uso del derecho de palabra concedido manifestó: “Recibido el inmueble señalado de manera conforme, totalmente desocupado”. Cumplida como ha sido la presente comisión, se ordena su remisión al Juzgado de la Causa, dejando copias fotostáticas certificadas para los archivos de este Juzgado. Se deja constancia de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales no recaudando arancel alguno en este acto dada la gratuidad de la justicia. Terminò, se leyó y conformes firman, regresando el Juzgado a su sede a las doce del mediodía. La Jueza Temporal, (Fdo.) Mireya Flores Flores. La Demandada y Notificada, (Fdo.) Ana Gloria Varela de Hernández. El Apoderado Judicial de la parte actora, (Fdo.) Abg. Santiago Alexander Morales. El Secretario, (Fdo.) Abg. Jesús Quintero.
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