TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. Mérida, once (11) de junio del año dos mil ocho.

198º y 149º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: JUAN CARLOS BERRIO Y YOSMERY THAYRIS VALERO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-16.199.444 y V.-15.517.920, respectivamente, domiciliados el primero en Residencias Río Arriba, Torre 12, apartamento 12-6-1, y la segunda en el Sector el Chama, calle el Ceibal, casa Nº 70, Mérida Estado Mérida, en su condición de padres y representantes Legales de los niños OMITIR NOMBRES, venezolanos de seis (06) y cuatro (04) años de edad, por ante la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Mérida según Acta Nº 182; de fecha 08 de mayo del año 2008, quienes conciliaron en relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor de los prenombrados niños, al respecto el padre expuso: “Visitaré a mis hijos una hora dos días a la semana y los fines de semana cada 15 días los llevaré conmigo, a cuyos fines los buscaré los días sábados a las 10:00 a.m. y los retornaré los domingos a las 6:00 p.m., iniciando este régimen el 17 y 18 de mayo. En navidad, los niños compartirán una fecha conmigo y la otra con la madre, iniciando este año el 24 conmigo y el 31 con la madre, intercambiando cada año la fecha de disfrute.” Presente la madre de los niños, expone: “Estoy de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Convivencia Familiar. En consecuencia éste TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: JUAN CARLOS BERRIO Y YOSMERY THAYRIS VALERO SANCHEZ. Plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº 19185 de Homologación Régimen de Visitas. CUMPLASE

LA JUEZA TITULAR DE JUICIO Nº 02



ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR


ABOG. YELIMAR VIELMA MÁRQUEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

La Sría.








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