CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02
El Vigía, 18 de junio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL LP11-P-2008-001458
ASUNTO LP11-P-2008-001458
DECISION NRO. 00196/08
Visto el escrito presentado por el ciudadano Henrry Johnny Parra Parra, en el cual solicita a este Tribunal se oficie a los diferentes organismos de seguridad del Estado, (a la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) Mérida, a La Guardia Nacional Destacamento Nº 16 Segunda Compañía de La Guardia Nacional El Vigía, Estado Mérida, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Seccional El Vigía Estado Mérida y a la Sub-Comisaría Policial Nº 12 El Vigía, Estado Mérida). Asimismo, se le expida copias certificadas de la decisión de fecha 08/12/200, inserta a los folios 120 y 121, en la causa que se le sigue, por la comisión de los delitos de Lesiones Intencionales Simples y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio de Julio Enrique Miranda Calderín y El Orden Público, la cual se acordó solicitar tal como consta en actas de los folios Nº 03 y 04; por cuanto de la revisión efectuada a las actuaciones y del escrito inserto al folio 02, de las actuaciones complementarias. De lo expuesto, este Tribunal de Control Nº 02, observa: Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que conforman la presente causa, que el extinto Tribunal Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio, le fue acordado el sobreseimiento en el asunto penal Nº 95-4115, en fecha 08/12/2000, por los delitos de Lesiones Intencionales Simples y Porte Ilícito de Arma de Fuego, en perjuicio de Julio Enrique Miranda Calderín y El Orden Público, tal como consta a los folios 120,121 y 122, y según legajo Nº 150, del Archivo Judicial Penal de este circuito, por tal razón esta Juzgadora, considera procedente y ajustado a derecho, acordar REMITIR copias certificadas del Sobreseimiento acordado, a los Organismos competentes, a los fines legales consiguientes. Igualmente, dejar sin efecto el auto inserto en el folio 05, de fecha 17/06/2008. Así mismo, se acuerda al solicitante copias certificadas de la sentencia antes indicada y del presente auto de conformidad con los artículos 21, 26, 49, 51, 256 y 257 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Por los fundamentos de hecho y Derecho, antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: PRIMERO: Remitir copias certificadas de la Sentencia de Sobreseimiento, a los organismos competentes (Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) Mérida, a La Guardia Nacional Destacamento N° 16 Segunda Compañía de La Guardia Nacional El Vigía, Estado Mérida, al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Seccional El Vigía Estado Mérida y a la Sub-Comisaría Policial N° 12 El Vigía, Estado Mérida), a los fines legales consiguientes. SEGUNDO: Así mismo, se acuerda copias certificadas del Sobreseimiento y del presente auto al solicitante Henry Parra Parra. Por cuanto este Tribunal no tiene más diligencias que practicar, ordena remitir al archivo Judicial Penal, el presente asunto y junto con el asunto antiguo signado con el Nº 95-4151, al Archivo Judicial Penal, para su guarda y custodia, todo de conformidad con los artículos 21, 26, 49, 51, 256 y 257 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficios a los diferentes organismos de seguridad. Regístrese su salida y remítase con oficio. Y ASI SE DECIDE. CUMPLASE..-
LA JUEZA DE CONTROL Nº 02
ABG. DEISY MAGALY BARRETO COLMENARES
EL SECRETARIO,
ABG. JOSÉ GREGORIO MANZANILLA
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