REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-000657

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión EL Vigía, de fecha 13-05-2.008 (folios 150 al 157) a favor de los ciudadanos: 1.- JOSE GREGORIO LEAL COROBO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.452.611, natural de Caja Seca, Estado Zulia, nacido en fecha 16-05-1968, de 40 años de edad, analfabeta, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, hijo de Manuel Leal (f) y de Ana Cecilia Corobo, residenciado detrás del Comando de la Guardia Nacional, en la Calle 5, Barrio La Arenosa, Casa S/Nº, Las Invasiones, El Vigía, Estado Mérida; por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, figurando como víctima GREGORIO ANTONIO HERNÁNDEZ PÁEZ; 2.- OMAR ELADIO ARAQUE RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.307187, natura de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 03-07-1981, de 26 años de edad, grado de instrucción: Quinto Grado de Educación Primaria, de estado civil soltero, de profesión u oficio contratista de construcción, hijo de José Domingo Araque García (f) y de María Lorenza Ramírez (v), residenciado en la Urbanización Buenos Aires, Calle 3 con Avenida 5, Casa N° 3-63, una cuadra más arriba de ASODEGA de El Vigía, Estado Mérida, teléfono 0275-8818179 y, 3.- JOSÉ GREGORIO RAMIREZ OSUNA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 23.041.324, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 24-07-1987, de 20 años de edad, grado de instrucción: Quinto Grado de Educación Primaria, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de albañilería, hijo de Orlando Ramírez (v) y de Miriam Del Carmen Osuna (v), residenciado en Las Invasiones, Ssector Lucha Bolivariana, Calle 3 con Calle 4, Casa S/Nº, a 4 casas subiendo de la Bodega Divino Niño, El Vigía, Estado Mérida, teléfono N° 0414-7012530; por el delito de HURTO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 1° eiusdem, en concordancia con el artículo 2 numeral 3 ibíden, figurando como víctimas MIGUEL ATENCIO MONTES TORRES y GREGORIO ANTONIO HERNÁNDEZ PÁEZ; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se ordena la entrega al ciudadano GREGORIO ANTONIO HERNÁNDEZ PÁEZ, de los siguientes objetos: 1.- Cuatro (04) piezas de metal, en forma de resorte, comúnmente denominados aspírales, revestidos parcialmente en pintura de color negro. 2.- Dos (02) piezas de metal, comúnmente denominados guardafango, correspondientes a los lados derecho e izquierdo de la parte anterior de un vehículo automotor clase automóvil, revestidos en pintura de color blanco en la parte externa, presentando además dos líneas horizontales de color azul en la parte superior externa. 3.- Una (01) pieza de metal, de color gris, comúnmente denominada radiador para vehículo automotor, clase automóvil, provisto de su respectiva tapa metálica en la parte superior. 4.- Una (01) pieza de metal, revestida parcialmente en pintura de color negro, con forma cilíndrica, comúnmente denominada barra tensora delantera para vehículo automotor, clase automóvil. 5.- Dos (02) piezas de metal, de color gris (plateado), comúnmente denominados parachoques para vehículo automotor, clase automóvil, correspondientes a la parte anterior y posterior respectivamente. 6.- Dos (02) piezas de metal, revestidos en pintura de color blanco, comúnmente denominados capó para vehículo automotor, clase automóvil, correspondientes a la parte anterior y posterior respectivamente. Presentan manchas de color negro de aspecto graso en la superficie de ambos. 7.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada compacto para vehículo automotor, clase automóvil, revestida parcialmente en pintura de color negro, presentando una capa de material sintético de igual color en la superficie, mostrando múltiples signos de corte. 8.- Dos (02) piezas de metal, comúnmente denominadas Tijeras para vehículo automotor, clase automóvil, correspondientes a los lados derecho e izquierdo, respectivamente, revestidas parcialmente en pintura de color negro, mostrando signos físicos de oxidación en la superficie y múltiples signos de corte, sujetos próximos a estas dos (02) piezas de metal, en forma circular, de color negro, mostrando igualmente signos de oxidación, comúnmente denominados Discos. 9.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Compacto para vehículo automotor, clase automóvil, correspondiente a la parte posterior, revestida parcialmente en pintura de color negro, presentando una capa de material sintético de igual color en la superficie, mostrando múltiples signos de corte. 10.- Una (01) pieza de metal, de forma cilíndrica, comúnmente denominada Escape para vehículo automotor, clase automóvil, de color marrón, mostrando signos físicos de oxidación. 11.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Maletero para vehículo automotor, clase automóvil, revestida parcialmente en pintura de color blanco en la parte externa, mostrando múltiples signos de corte. 12.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Compacto para vehículo automotor, clase automóvil, correspondiente a la parte anterior, revestida parcialmente en pintura de color negro, presentando una capa de material sintético de igual color en la superficie, mostrando múltiples signos de corte. 13.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Serpentina de la Caja Hidromática, para vehículo automotor, clase automóvil. 14.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Compacto para vehículo automotor, clase automóvil, correspondiente a la parte posterior, revestida parcialmente en pintura de color negro, presentando una capa de material sintético de igual color en la superficie, mostrando múltiples signos de corte. 15.- Dos (02) piezas de vidrio, de forma rectangular, correspondiente al vidrio anterior (parabrisas) y posterior para vehículo automotor, clase automóvil, presentando ambos papel ahumado. 16.- Una (01) pieza de metal, de forma cilíndrica, comúnmente denominada Transmisión para vehículo automotor, clase automóvil, revestida parcialmente en pintura de color negro. 17.- Dos (02) piezas de metal, unidas entre sí, comúnmente denominadas Motor y Caja de Velocidades para vehículo automotor, clase automóvil, revestida parcialmente en pintura de color azul y negro respectivamente, constituidas por sus respectivas piezas. 18.- Un (01) asiento o butaca para vehículo automotor, clase automóvil, elaborado en material sintético de colormarrón, con capacidad para tres puestos. 19.- Cuatro (04) piezas de metal, correspondiente a cada una de las puertas para vehículo automotor, clase automóvil, marca Ford, modelo Zephyr revestidas en pintura de color blanco en la parte externa, presentando además dos líneas horizontales de color azul en la parte superior externa, provistas de sus respectivos sistemas de cerraduras, vidrios, tapicería, retrovisores. Presentando la del lado anterior izquierdo una pieza metálica de color gris donde se lee: AJ71BS12830. 20.- Un (01) Espaldar de asiento o butaca para vehículo automotor, clase automóvil, elaborado en fibras naturales y sintéticas de color azul, con capacidad para tres puestos. 21.- Un (01) asiento o butaca para vehículo automotor, clase automóvil, elaborado en fibras naturales y sintéticas de color azul, con capacidad para tres puestos. 22.- Una (01) pieza de material sintético de color azul, comúnmente denominado Tablero para vehículo automotor, clase automóvil, provisto de sus respectivas piezas mostrando exposición de cableado. 23.- Una (01) pieza de vidrio traslucido y una (01) pieza de material sintético de color rojo, correspondientes a las Micas anterior y posterior respectivamente, para vehículo automotor, clase automóvil. 24.- Cinco (05) neumáticos o cauchos con sus respectivos rines de metal de color gris, para vehículo automotor, clase automóvil. 25.- Una (01) pieza de metal, revestida de pintura de color azul, comúnmente denominada Caña para vehículo automotor, clase automóvil, presentando sujeto a su parte superior una (01) pieza de madera de color natural con forma circular, comúnmente denominado volante para vehículo automotor, clase automóvil. 26.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Gato de Dirección Hidráulica para vehículo automotor, clase automóvil. 27.- Dos (02) piezas de metal, correspondientes al Hidrobac y Bomba de freno para vehículo automotor, clase automóvil. 28.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Cardan para vehículo automotor, clase automóvil, de forma cilíndrica. 29.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominado Alternador para vehículo automotor, clase automóvil. 30.- Una (01) pieza de material sintético de color rojo, correspondiente a la mica posterior para vehículo automotor, clase automóvil. 31.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominado Arranque para vehículo automotor, clase automóvil. 32.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Bomba Hidráulica vehículo automotor, clase automóvil. 33.- Una (01) pieza de metal, comúnmente denominada Motor Limpia Parabrisas para vehículo automotor, clase automóvil. 34.- Una (01) pieza de material sintético de color azul, comúnmente denominada Tapasol de Cojín para vehículo automotor, clase automóvil; los cuales se encuentran en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, descritos en la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0122, de fecha 12-03-2.008, Averiguación Nº H-815.508, Expediente Fiscal Nº 14F17-0214-08.
En tal sentido se acuerda Librar Boleta de Notificación al ciudadano GREGORIO ANTONIO HERNÁNDEZ PÁEZ, para que haga acto de presencia en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que le sea entregado los objetos arriba identificados. Así mismo se acuerda librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, para que proceda a hacer entrega al ciudadano GREGORIO ANTONIO HERNÁNDEZ PÁEZ, de los objetos ya descritos, y remita a este despacho el correspondiente oficio informando sobre lo ordenado. SEGUNDO: Se ordena la entrega a la Empresa Tropigas, del siguiente objeto:1.- Un (01) cilindro, comúnmente denominado bombona para gas, con capacidad para 18 Kgs, marca Tropigas, de color gris, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, descrito en el numeral 35 de la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0122, de fecha 12-03-2.008, Averiguación Nº H-815.508, Expediente Fiscal Nº 14F17-0214-08.En tal sentido se acuerda Librar Boleta de Notificación al representante de la Empresa Tropigas, para que haga acto de presencia en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que le sea entregado el objeto arriba identificado. Así mismo se acuerda librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, para que proceda a hacer entrega al representante de la Empresa Tropigas, del objeto ya descrito, y remita a este despacho el correspondiente oficio informando sobre lo ordenado. TERCERO: Se ordena la destrucción del siguiente objeto: 1.- Un (01) cilindro, comúnmente denominado bombona para acetileno, de color verde, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, descrito en el numeral 36 de la Experticia de Reconocimiento Legal N° 9700-230-AT-0122, de fecha 12-03-2.008, Averiguación Nº H-815.508, Expediente Fiscal Nº 14F17-0214-08.En tal sentido se acuerda Librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que proceda a destruir en sede propia el objeto antes referido, debiendo ese organismo, informar y remitir a este Tribunal el Acta u Oficio informando sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA