EXP. 22.221
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
198° y 149°
SOLICITANTE: CARMEN VIRGINIA ARAUJO VILLARREAL.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL.
PARTE EXPOSITIVA
El escrito que encabeza estas actuaciones promueve la acción de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL, presentada por la ciudadana CARMEN VIRGINIA ARAUJO VILLARREAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.657.866, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por el abogado ILARIO ANTONIO BONILLA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 92.883, asentada por ante el REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO MERIA, bajo el N° 168, correspondiente al año de 1954.
PARTE MOTIVA
Que el error en el Acta de Nacimiento, consiste en que el funcionario respectivo al momento de asentar dicha acta, incurrió en el error material de colocar incorrectamente la fecha de nacimiento de la solicitante en fecha 27 de diciembre de 1954, siendo lo correcto es que aparezca el 28 de diciembre de 1954 tal y como consta en la Acta de nacimiento que aparece en inserta en el REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO MERIDA.
Que la parte promovente acompaño junto con su solicitud para demostrar el error invocado y cometido en el acta de nacimiento en referencia, los siguientes documentos: 1º.- Copia certificada del Acta de Nacimiento, en la cual aparece el error en la fecha de nacimiento como el 27 de diciembre de 1954 siendo la correcta el 28 de diciembre de 1954, expedida por ante el Registro Principal del Estado Mérida, (Folio 5) Certificado de Bautismo, expedido por la Arquidiosis de Mérida, de la Parroquia Basílica Santa Lucia de Timotes (folio 7); donde consta que nació el 28 de diciembre de 1954; Copia de la cédula de identidad de la solicitante. (Folio 3 y 4) donde igualmente se constata que su fecha de nacimiento es 28 de diciembre de 1.954; Copia certificada de la partida de nacimiento expedida por la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Mérida, Registro Civil (folio 15) donde igualmente se constata el error invocado.
D E C I S I Ó N
Este Tribunal del análisis, que ha hecho de las actas que obran en autos, observa que ha quedado probado en forma suficiente el error invocado en la solicitud, por lo tanto la acción propuesta debe ser declara CON LUGAR, en virtud de la obviedad del mismo y que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación de acta de nacimiento. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la promovente ciudadana CARMEN VIRGINIA ARAUJO VILLARREAL, asentada por ante el REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO MERIDA, signada con el N° 168, correspondiente al año de 1.954, del error invocado en ella y ordena en forma sumarial a dicho organismo competente y al REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MÉRIDA, a fin de que estampen las debidas notas marginales en el ACTA DE NACIMIENTO indicada en está decisión, para que en lo sucesivo aparezca correctamente escrito la fecha de nacimiento de la solicitante como el día 28 de diciembre de 1954 y no como erróneamente aparece en dicha acta en fecha 27 de diciembre de 1954. Se ordena expedir copias certificadas de la decisión y remitirla a los organismos competentes, a los fines legales pertinentes, anexa a Oficio.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA LA ESTADÍSTICA DEL TRIBUNAL.
(FDO) EL JUEZ, ABOG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO.- (FDO) LA SECRETARIA, ABG. AMAHIL ESCALANTE.- ESTA EN TINTA EL SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL.- LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- CERTIFICA: QUE LA ANTERIOR COPIA ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL LA CUAL CORRE INSERTA AL N° 22.221 , promovido por: CARMEN VIRGINIA ARAUJO VILLARREAL.por: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL. Conste en Mérida a los 19 días del mes de mayo del dos mil ocho.-
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN
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