JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, trece de junio de dos mil ocho.-

198° Y 149°

Visto el desistimiento de fecha 27 de mayo de 2.008, efectuado por el abogado RAMON HENDER ANIBAL SOTO RINCON, en su condición de apoderado judicial de la parte actora quien goza de facultad expresa para “desistir” tal y como se desprende del poder que obra inserto al folio 8 Y 9 del presente expediente; lo cual lo legitima jurídicamente para la realización de dicho desistimiento, y así se declara, en consecuencia conforme a lo solicitado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y ASÍ SE DECIDE.

EL JUEZ TITULAR,

ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

ACZ/SQQ/ymca.-