TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZ DE JUICIO. Nº 02. Mérida, Once (11) de Marzo del año dos mil Ocho.-
197º y 148º
Revisado como ha sido el presente expediente y visto el Informe Especial realizado por la Trabajadora Social adscrita a este Tribunal en el cual el ciudadano ANTONIO MARQUEZ manifiesta que sus condiciones de salud son precarias debido a que sufrió un accidente de transito y que actualmente las niñas OMITIR NOMBRES, a la fecha se encuentran bajo la custodia de su progenitora ciudadana ROSA MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.849.134, quien reside en El Vigía, en compañía de su pareja y solicita el cierre del presente expediente. En consecuencia, visto el Informe Medico suscrito por la Unidad de Neurología del Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes se evidencia que la ciudadana ROSA ANGELA MARQUEZ MARQUEZ se encuentra con funciones mentales superiores, funciones motrices y sensitivo-sensoriales normales para la fecha de la realización del informe, asimismo se evidencia del Informes Especial levantado por la Trabajadora Social adscrita a este Despacho que las niñas se encuentran actualmente con su progenitora, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA. El cierre y archivo del presente expediente Nº 17104. SOLICITANTE: MARQUEZ MARQUEZ ROSA ANGELA, NIÑAS: OMITIR NOMBRES. MOTIVO MEDIDA DE PROTECCION. PROCEDENCIA: CONSEJO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO MERIDA; Fecha de Entrada: 16-07-2007. CÚMPLASE.
JUEZ TITULAR DE JUICIO Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Logv/17104
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