TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 02. MÉRIDA TRES DE MARZO DEL DOS MIL OCHO.-
197º 149º
Vista la diligencia que corre inserta al folio setenta y siete (77) suscrita por los ciudadanos JOSE ALFREDO BARRANCAS, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-8.263.587 y FRANCY JANET CALDERON DE BARRANCAS, venezolana, mayor de edad, casada, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-8.025.633, domiciliados en la Urbanización Quebrada Linda, casa Nº 30, calle 2, Parroquia Lasso de la Vega, Municipio Libertador del Estado Mérida y hábiles, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio DOUGLAS WILFREDO SUAREZ QUINTERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.865, en la cual participan que se han reconciliado y solicitan se deje sin efecto la presente solicitud y se ordene el cierre y archivo del expediente, en consecuencia este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY da por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero los solicitantes no podrán proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se ordena el cierre y archivo del expediente Nº 17867; SOLICITANTES: BARRANCAS JOSE ALFREDO y CALDERON DE BARRANCAS FRANCY JANET; MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES; Fecha de Entrada: 08-11-2007. CÚMPLASE.
JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
SRIA.
Exp. Nº 17867
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