REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 5 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-002694
ASUNTO : LJ01-X-2008-000036

Este tribunal acordó aperturar el presente cuaderno separado en razón de resolver de oficio la situación jurídica del ciudadano ANGELO RENÉ MARQUINA MENDOZA, motivado a que de la revisión que se hace por el sistema Juris 2000 del asunto principal contenido en la causa N° LP01-P-2007-002694, el cual se encuentra en la Fiscalía Tercera del Ministerio Público se observa:

Que en la audiencia de presentación de imputado celebrada el 04 de julio de 2007, le fue decretada la privación judicial preventiva de libertad al ciudadano ANGELO RENÉ MARQUINA MENDOZA, acordándose la aplicación del procedimiento ordinario, las actuaciones son devueltas a la Fiscalía Tercera el día 13-07-07, sin que hasta la fecha esa representación fiscal haya consignado acto conclusivo alguno, por lo cual pudiera estarse violentando en éste caso lo previsto en el tercer aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.

En tal sentido y en aras de garantizar los derechos del imputado ANGELO RENÉ MARQUINA, con el fin de resolver la situación verificada, es por lo que se acuerda fijar audiencia especial para el día lunes, 10 de marzo de 2008, a las 9:30 a.m, para lo cual se acuerda notificar a la Fiscalía Tercera, Defensa Pública y ordenar el traslado del imputado. Así se decide, cúmplase, notifíquese a las partes y emítase boleta de traslado.

EL JUEZ DE CONTROL N° 2

ABG. NELSON J. TORREALBA A.

LA SECRETARIA




En fecha _________, se cumplió con lo ordenado bajo los Nros. ___________, y boleta de traslado N° _____________.