EXP. N° 2183
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.-
197° y 148º
SOLICITANTE: MARCOS ANTONIO CEBALLOS VIVAS.
ABOGADO ASISTENTE: MARIA AURORA VARELA GUILLEN.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
I
Vista la solicitud formulada por el ciudadano: MARCOS ANTONIO CEBALLOS VIVAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad número V-4.468.691, domiciliado en la ciudad de Mérida, y civilmente hábil, representado por la abogada en ejercicio MARIA AURORA VARELA GUILLEN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.525, domiciliada en la ciudad de Mérida y jurídicamente hábil, mediante la cual solicita se le declare como únicos y universales herederos, a el como su legitimo padre ciudadano MARCOS ANTONIO CEBALLOS VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.468.961 y a la ciudadana SONIA TRINIDAD GONZALEZ DE CEBALLOS venezolana, mayor de edad, casada titular de la cedula de identidad Nº V-8.072.794 civilmente hábiles en su condición de padres del causante ciudadano ASISCLO ALBERTO CEBALLOS GONZALEZ, quien falleció ab intestato el día veintisiete (27) de enero del dos mil ocho (2008), según consta en acta de Defunción Nº 03, que anexa a la presente solicitud.
II
La solicitud se admitió en fecha diez de marzo del 2008, observando que fueron evacuados los testigos por ante la Notaria Publica Tercera del Estado Mérida en fecha 05 de marzo del 2008, donde declararon como testigos los ciudadanos: YSMERI TAMARI ZAMBRANO CONTRERAS Y CARLO JULIO QUINTERO PLAZA, venezolanos, mayores de edad, solteros titulares de las cedulas de identidad números V-12.656.690 y V-11.464.042 respectivamente y domiciliadas en Mérida Estado Mérida, quienes con diferencias de palabras estuvieron contestes en afirmar: Que conocen a los ciudadanos MARCOS ANTONIO CEBALLOS VIVAS Y SONIA TRINIDAD GONZALEZ DE CEBALLOS, de vista trato y comunicación desde hace varios años; Que es cierto y les consta que son los padres, del causante Ciudadano ASISCLO ALBERTO CEBALLOS GONZALEZ , quien falleció el día 27 de enero del 2008; Que si es cierto y les consta que los únicos y Universales Herederos del ciudadano ASISCLO ALBERTO CEBALLOS GONZALEZ son sus legítimos padres antes identificados Que les consta que era de estado civil soltero y no dejo hijos ni otros herederos legítimos. Estas declaraciones el Tribunal las aprecia de conformidad con el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil y les da todo el valor probatorio, y así se decide.
DECISIÓN
En consecuencia por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela la Constitución y sus Leyes, de conformidad con el artículo 936 Ejusdem, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ASISCLO ALBERTO CEBALLOS GONZALEZ, a sus legítimos padres ciudadanos: ciudadanos MARCOS ANTONIO CEBALLOS VIVAS Y SONIA TRINIDAD GONZALEZ DE CEBALLOS venezolanos, mayores de edad, casados titulares de la cedulas de identidad números V-4.468.691 y V-8.072.794 respectivamente y civilmente hábiles. Se dejan a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgado para su guarda y custodia.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE DECRETO. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida 11 de marzo del 2008.
EL JUEZ
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA
ABG. AMAHIL ESCALANTE N.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión interlocutoria siendo las dos de la tarde. Conste hoy 11 de marzo del 2008.
LA SRIA
AMAHIL ESCALANTE N.
acu.-
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