REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, cuatro de marzo del dos mil ocho.

197º y 149º

Vista la diligencia de fecha 28 de febrero de 2008, suscrita por los abogados PEDRO LOPEZ Y KENNY PEPE, apoderados judiciales de la parte actora, mediante la cual desisten del procedimiento, igualmente solicitan el desglose y que sean agregados a los autos los recaudos de citación del demandado y por cuanto el Tribunal observa que dichos Abogados tienen facultad expresa para desistir de la presente demanda, según consta del Poder que obra agregado al folio 5 del expediente. El Tribunal homologa dicho desistimiento, impartiéndole al mismo el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión conforme a la ley, igualmente se agregan a los autos los recaudos de citación librados en fecha 08 de febrero del 2008 al demandado ya que e l mismo no fue citado y se ordena realizar el desglose del documento de propiedad del inmueble y del poder que obran agregados a los folios del 5 al 9 de la presente causa de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, se autoriza a la Alguacil de este Tribunal para la elaboración y confrontación de los fotostatos, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley. Insértese al pie de la copia el presente auto. Igualmente se ordena corregir la foliatura a partir del folio once (11) inclusive, de conformidad con el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil.Corríjase la foliatura.
EL JUEZ

ABG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

ABG. CARMEN AIDE SOTO.