REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 07 de marzo del 2008.
197º y 149º
Visto la Transacción de fecha 28 de febrero del dos mil ocho (folios 32, 33 y 34), celebrada entre la ciudadana MARIA RENE PERDOMO ABREU, debidamente asistida por la abogada SANDRA COROMOTO PEÑA VILORIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 58.686, parte demandada en el proceso, por una parte, y por la otra el ciudadano OSCAR JOSE SANTOS DEL VILLAR, debidamente asistido por el abogado ANGEL RAUL RAMIREZ MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.041, parte demandante en el presente juicio. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, así como el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.- (FDO) EL JUEZ. ABG. JUAN CARLOS GUEVARA. (FDO) LA SECRETARIA ACCIDENTAL. ABG. CARMEN SOTO. LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- CERTIFICA: QUE LA ANTERIOR COPIA ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL LA CUAL CORRE INSERTA AL EXPEDIENTE Nº 21.713. DEMANDANTE: SANTOS DEL VALLE OSCAR JOSE. DEMANDADA. PERDOMO DE ARAQUE MARIA RENE. MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION. Certificación que se expide en Mérida, a los siete días del mes de marzo del dos mil ocho.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

ABG. CARMEN SOTO.




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