JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. El Vigía, diecisiete de marzo de dos mil ocho.
197 y 149
Visto el Desistimiento del procedimiento, hecho en fecha 11 de marzo de 2008, por el Abogado Henrry José Corredor Ramírez, apoderado judicial del ciudadano Freddy Manuel Caballero Miranda Parte Actora, quien desiste del juicio contra el ciudadano Javier Antonio Briceño, el cual obra al folio 131 del presente expediente este Tribunal, observa:
El presente juicio versa sobre Daños y Perjuicios y de la revisión del expediente se puede constatar que el apoderado judicial de la parte actora, tiene capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y el desistimiento versa sobre materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el presente desistimiento y en consecuencia procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
EL JUEZ,

JULIO CÉSAR NEWMAN GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.