REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL EXTENSIÓN EL VIGIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. EL VIGIA, treinta y uno de marzo de dos mil ocho.
197º y 148º
Vista la TRANSACCION JUDICIAL, celebrada por las partes ciudadana ZAIDA MARIA ANGULO GOMEZ con el carácter de parte actora, asistida por el abogado ERICK ANDRES SANCHEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 51.061 y el abogado PEDRO DAVID LOPEZ CHIRINOS inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 70.195, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano MIGUEL A, NOGUERA CONTRERAS por ante la Notaría Pública del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira en fecha 20 de septiembre de 2007 (f. 207 y 208) este Tribunal, observa:
Por cuanto el presente juicio se trata de Nulidad de Venta y de la revisión de las actas procesales se puede constatar que las partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y se trata de derechos disponibles, pues tiene por objeto materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con los artículo 256 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA el presente transacción y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se establece.
EL JUEZ,
JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ.
LA SECRETARIA,
ABG. NORIS C. BONILLA VARGAS