REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE. EXTENSIÓN MERIDA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA Nº 01. Mérida, doce (12) de mayo del año dos mil ocho.

198º y 149º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos LINA ROSA RIVAS RIVAS y SANTOS SOSA, venezolanos, mayores de edad, casados, ama de casa y obrero en su orden, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs V-12.349.561 y V-8.020.223, domiciliados la primera en el Cacique, Aldea El Totumal, Municipio Tovar del Estado Mérida y el segundo en La Carbonera, vía El Cambio, Chama, casa sin número, Municipio Libertador del Estado Mérida, por ante este Tribunal de Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en fecha (07) de Mayo de 2007, según acta inserta al folio veintiocho (28) del Presente Expediente; en su condición de padres y representantes legales de los ciudadanos niños: OMITIR NOMBRE de once (11), nueve (09), ocho (08) y seis (06) años de edad respectivamente, celebraron un ACUERDO DE DETERMINACIÓN EN EL EJERCICIO DE LA CUSTODIA, de sus prenombrados hijos. El ciudadano SANTOS SOSA, manifestó al tribunal, que desde al año 2006 la ciudadana LINA ROSA RIVAS RIVAS, madre de los niños de autos abandono el hogar y desde entonces los ha tenido bajo su custodia. La ciudadana LINA ROSA RIVAS RIVAS, manifestó al tribunal que es cierto que abandono el hogar por los constantes maltratos físicos que recibía de parte del ciudadano SANTOS SOSA. De conformidad con el Articulo 80 de la L.O.P.N.N.A. se oye la opinión de los niños, quienes opinaron: OMITIR NOMBRE “Yo me siento bien viviendo con mi papá porque en la mañana estoy en la escuela y luego en la tarde voy a tareas dirigidas en donde almuerzo, yo estudio en la escuela de La Carbonera, tercer grado, y mi papá no me pega”. OMITIR NOMBRE: “Yo me siento bien con mi papá y quiero seguir viviendo con él, yo estudio en La Carbonera tercer grado”. OMITIR NOMBRE: “Yo quiero continuar viviendo con mi papá, estudio segundo grado, mi papá me trata bien”. OMITIR NOMBRE “Yo me siento bien viviendo con mi papá, me trata bien” La jueza visto lo expuesto por las partes así como la opinión de los niños, acuerda conceder la custodia al ciudadano SANTOS SOSA, padre de los niños: OMITIR NOMBRES, de conformidad con el Articulo 354 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden Público, sino que al contrario beneficia a los niños OMITIR NOMBRE, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA, el convenimiento suscrito por las partes ciudadanos: LINA ROSA RIVAS RIVAS y SANTOS SOSA, plenamente identificados en autos, en beneficio de los niños OMITIR NOMBRE, da carácter de cosa Juzgada y ordena el Archivo del Expediente.-


LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 01

ABOG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA




LA SECRETARIA


ABOG. YELIMAR VIELMA MARQUEZ.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-



SRIA.
PJPP/18694