REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
El Vigía, 05 de Mayo de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2006-001635
ASUNTO : LP11-P-2006-001635
De la revisión efectuada a la presente causa, se observa: que al folio 395, se revocó al beneficio de Destacamento de Trabajo, al penado CARLOS JESUS FEREIRA MARTINEZ, por cuanto consta al folio 349, que el penado se reotorgó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso de Un (01) año, Nueve (09) meses y Quince (15) días, en tal sentido se deja constancia que se revocó el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y no Destacamento de Trabajo, mediante oficio participar a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario de Maracaibo Estado Zulia, para hacerle del conocimiento sobre la revocatoria. En consecuencia Certificase decisión de fecha 15 de Marzo de 2008, que riela en la presente causa en los folios 395 al 397, igualmente el presente auto de aclaratoria. Líbrese oficio. Cúmplase
LA JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 01
ABG. ZOILA ROSA NOGUERA
La Secretaria.