EXP. 22.085

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.

198° y 149°
SOLICITANTE: NELIDA LOURDES LOBO DE VERTUCCI.

MOTIVO: RECTIFICACIÓN ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL.
PARTE EXPOSITIVA

El escrito que encabeza estas actuaciones promueve la acción de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL, presentada por la ciudadana NELIDA LOURDES LOBO DE VERTUCCI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-688.893, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por la abogada BETTY JOSEFINA MALDONADO MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.609, asentada por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DEL ESTADO MERIDA, bajo el N° 27, correspondiente al año de 1.941.

PARTE MOTIVA

Que el error en el Acta de Nacimiento, consiste en que el funcionario respectivo al momento de asentar dicha acta, incurrió en el error material de colocar incorrectamente el nombre de la solicitante, ya que aparece el nombre como NEDILA, siendo lo correcto es que aparezca como NELIDA, tal y como consta en la Acta de nacimiento que aparece en inserta en el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DEL ESTADO MÉRIDA.
Que la parte promovente acompaño junto con su solicitud para demostrar el error invocado y cometido en el acta de nacimiento en referencia, los siguientes documentos: 1º.- Copia certificada del Acta de Nacimiento, en la cual aparece el error en el nombre de la solicitante como NEDILA, expedida por ante el Registro Principal del Estado Mérida, (Folio 4). 2º.- Copia de la cédula de identidad de la solicitante. (Folio 3). 3º Copia simple de la planilla del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales en la cual aparece como NELIDA (folio 6). 4º Copia simple del resuelto de la pensión expedida por la Oficina de Personal, Dirección General Sectorial del Ministerio de Educación, Caracas, (folio 7); 5º Copia simple de la fe de vida, expedida por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, Zona Educativa del Estado Lara, (folio 8).Copia del cheque correspondiente a la nomina de pago del Ministerio de Educación (folio 9). Copia simple de la cuenta Individual del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (folio 10).Copia Certificada de la partida de nacimiento suscrita por la Registradora Civil de la Parroquia San Rafael Municipio Rangel del Estado Mérida, (folio 17).


D E C I S I Ó N

Este Tribunal del análisis, que ha hecho de las actas que obran en autos, observa que ha quedado probado en forma suficiente el error invocado en la solicitud, por lo tanto la acción propuesta debe ser declara CON LUGAR, en virtud de la obviedad del mismo y que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación de acta de nacimiento. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE ACTA DE NACIMIENTO de la promovente ciudadana NELIDA LOURDES LOBO DE VERTUCCI, asentada por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SAN RAFAEL DEL ESTADO MERIDA, signada con los N° 27, correspondiente al año de 1.941, del error invocado en ella y ordena en forma sumarial a dicho organismo competente y al REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MÉRIDA, a fin de que estampen las debidas notas marginales en el ACTA DE NACIMIENTO indicada en está decisión, para que en lo sucesivo aparezca correctamente escrito el nombre de la solicitante NELIDA y no como erróneamente aparece en dicha acta como NEDILA. Se ordena expedir copias certificadas de la decisión y remitirla a los organismos competentes, a los fines legales pertinentes, anexa a Oficio.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA LA ESTADÍSTICA DEL TRIBUNAL.
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. MÉRIDA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE MAYO DEL DOS MIL OCHO. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación. (FDO) EL JUEZ, ABOG. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO.- (FDO) LA SECRETARIA, ABG. AMAHIL ESCALANTE.- ESTA EN TINTA EL SELLO HUMEDO DEL TRIBUNAL.- LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- CERTIFICA: QUE LA ANTERIOR COPIA ES TRASLADO FIEL Y EXACTO DE SU ORIGINAL LA CUAL CORRE INSERTA AL EXPEDIENTE Nº 22.085. SOLICITANTES: NELIDA LOURDES LOBO VERTUCCI. MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR ERROR MATERIAL. Certificación que se expide en Mérida a los veintiun días del mes de mayo del dos mil ocho.-


LA SECRETARIA,



ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN



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