REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL EXTENSIÓN EL VIGIA




JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. EL VIGIA, DOCE DE MAYO DE DOS MIL OCHO.
198º y 149º
Vista la TRANSACCION JUDICIAL, celebrado por los ciudadanos HUMBERTO JOSE URDANETA, parte demandada, asistido por el abogado OSCAR OMAR ESCALANTE y NESTOR RAMON RODRIGUEZ RUBIO, parte demandante asistido por el abogado JORGE E. ESCALANTE R, identificados en autos, según diligencia de fecha 05 de diciembre de 1996 (f. 20 y su vto.), este Tribunal, observa:
Por cuanto el presente juicio se trata de Cobro de Bolívares Vía Ejecutiva y de la revisión de las actas procesales, se puede constatar que las partes tienen capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, y se trata de derechos disponibles, pues tiene por objeto, materia en la cual no están prohibidas las transacciones, este Juzgador de conformidad con los artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA la presente transacción judicial y en consecuencia procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se establece.
EL JUEZ,

JULIO CESAR NEWMAN GUTIERREZ.
LA SECRETARIA,

ABG. NORIS C. BONILLA V.