REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, dos (02) de Mayo del año dos mil ocho (2.008).-
197º y 149º
Visto el convenimiento suscrito por las partes, plenamente identificadas en autos y que corre inserto al folio veinticinco y su vuelto (25 y vto) del expediente signado bajo el Nº 2.584, este Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la HOMOLOGACIÓN del mismo, dándole el carácter de Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y se abstiene el Archivo del presente expediente hasta que conste en el expediente el cumplimiento de lo convenido.- CÚMPLASE.-------------------------------------------------- LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO


ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-

SANCHEZ MOLINA SRIO.
MUR/yo.-
EXP. Nº 2.584.-