REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticuatro de noviembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: LP21-L-2008-000359


ACTA DE DESISTIMIENTO


PARTE ACTORA:
ROGER ALEXANDER VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.348.030, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
ANA BEATRIZ CIRIMELE GONZALEZ, MARÍA PERNÍA, NANCY JOSEFINA CALDERÓN TREJO, ANA ALICIA LEAL MORENO, JHOR ANGEL, LUIS EMIRO ZAMBRANO, HENRY DOMINGO RODRIGUEZ, RONALD EDUARDO CALDERON, CARMEN ROSA CONTRERAS PEÑA, NELLY JOSEFINA RAMIREZ CARRERO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 70.173, 69.755, 69.952, 91.089, 103.174, 109.925, 91.088, 101.915, 60.952 y 120.188, respectivamente.
PARTE DEMANDADA:
HEINO GERT KRAUSS, ANALIA MADELED TOVAR JIMENEZ, EDGAR ANDRÉS LEÓN VALERI y DANIEL ALBERTO LEÓN VALERI
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA:
ALBERTO NAVA PACHECO Y REINA RANGEL, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 17.443 y 13.299, respectivamente.
MOTIVO:



En el día hábil de hoy, veinticuatro (24) de noviembre de 2008, siendo las dos de la tarde, día fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, compareció a la misma apoderada de la parte demandada Abg. REINA RANGEL, cuyo poder consta de los folios 36 al 39, asimismo se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora ROGER ALEXANDER VELASQUEZ ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 ° y 198 °.

LA JUEZ,


Abg. YAJAIRA ROJAS DE RAMIREZ


La COAPODERADA JUDICIAL DE DOS DE LOS DEMANDADOS,


LA SECRETARIA,



ABG. YURAHI GUTIERREZ.