REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE EXTENSIÓN EL VIGÍA

TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO EL VIGÍA. El Vigía, veinticinco (25) de noviembre de dos mil ocho.---------------------------------------------------------------------------------------------------

198º y 149º

Vista la solicitud de Separación de Cuerpos de fecha 06 de noviembre del año dos mil ocho, presentados por los ciudadanos YAJAIRA DEL CARMEN RAMÍREZ ALBORNOZ Y JAIRO ANTONIO MAESTRE VILLAMIZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.217.029 y Nº V.-10.235.781, en su orden, domiciliados la primera en el Kilómetro 49, vía panamericana, vía santa Bárbara del Zulia, Jurisdicción del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, y el Segundo en el Barrio Carlos Andrés Pérez, Sector Onia-Culegría, el Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida La Jueza después de haber hecho a los exponentes: YAJAIRA DEL CARMEN RAMÍREZ ALBORNOZ Y JAIRO ANTONIO MAESTRE VILLAMIZAR, las advertencias y consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acuerda proceder con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y el artículo 351 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia y como los exponentes dicen que es su propósito Separarse de Cuerpos, declara consumada dicha separación y suspendida entre ellos la vida en común, quedando en vigencia el Régimen Familiar y Económico que se han impuesto. Conforme a la presente solicitud que riela al folio 01, 02 y 3 del Expediente Nº 4825, expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la manifestación y del presente auto, para ser entregadas a cada uno de los interesados. CÚMPLASE.--------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL



ABG. CARMEN ALICIA VELAZCO MORA.


YAJAIRA DEL CARMEN RAMÍREZ ALBORNOZ


JAIRO ANTONIO MAESTRE VILLAMIZAR




LA SECRETARIA TITULAR



ABG. NAYARIB MONSALVE U.

EXP. 4825
Ar...-