REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2008-001846

EJECÚTESE DE SENTENCIA

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de sobreseimiento dictada por el Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 12-08-2.008 (Folios 27 y 28) a favor de ALEJANDRO JOSÉ HERNÁNDEZ RANGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.605.138, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 10-07-1.973, de 35 años de edad, soltero, de profesión u oficio vigilante, domiciliado en La Pedregosa, al lado del Barrio La Puerta, Parcelamiento ASOPROVI, Casa Nº A-35, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal vigente para el momento del hecho, cometido en perjuicio de EL ORDEN PÚBLICO; y recibido como ha sido por éste Despacho el presente asunto penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA el siguiente EJECÚTESE. PRIMERO: Se decreta el comiso y la destrucción del siguiente objeto: 1) Un (01) Arma de Fuego, tipo Escopeta, calibre 16, marca Winchester, con acabado superficial con escasa pintura de color negro, compuesta por cañón de ánima lisa, de una longitud de 28 centímetros, caja de los mecanismos en regular estado de funcionamiento, empuñadura y guardamano de madera barnizada, se encuentra en regular estado de conservación, su sistema de funcionamiento es de simple acción, su sistema de disparo es tiro a tiro, su sistema de alimentación es de retrocarga, presenta serial 7481; dicho objeto guarda relación con la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-554, de fecha 25-06-2.003, el cual se encuentra en la sala de objetos recuperados del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación El Vigía, Investigación y Expediente Fiscal N° 14-F6-588-03. En tal sentido se ordena librar Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación El Vigía, Estado Mérida, a los fines de que remita el arma descrita a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional a los fines de su destrucción, debiendo ese organismo de investigación informar a este Tribunal sobre lo ordenado, a los fines de proceder este despacho, a enviar el presente asunto al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Cúmplase.

JUEZA DE EJECUCIÓN N° 02


ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
SECRETARIA