REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 17 de noviembre del 2008.
198º y 149º
Visto la Transacción de fecha 12 de noviembre del 2008 (folios 72 y 73), celebrada entre los abogados JOSE ADRIAN GOMEZ COLINA, apoderado judicial de la ciudadana LUCEIRA RESTREPO ANGEL, por una parte y por la otra el ciudadano JUAN WEISHELDER MOLINA ALCANTARA, debidamente asistido por el abogado ALESIO DOMENICO DI DOMENICANTONIO CORDOVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.587, parte demandada en el presente juicio. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha 22 de octubre de 2007, participada mediante oficio N° 27.391 y oficiar al Registrador Inmobiliario del Municipio Muñoz del Estado Apure, participándole dicha suspensión, un a vez quede firme la presente decisión, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Y así se decide.
EL JUEZ,
ABG. JUAN CARLOS GUEVARA L.
LA SECRETARIA,
ABG. AMAHIL ESCALANTE NEWMAN