REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Ejido, veinticinco (25) de noviembre de dos mil ocho.- (2.008).-
198º y 149º
Visto el escrito presentado por la ciudadana MARINA ALICIA ESCALANTE DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.191.554, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio DAFNE GLADYS HERNÁNDEZ PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo le Nro. 65.490, mediante la cual consigna por ante este Tribunal comprobante de Depósito N° 06892202, del Banco de Fomento Regional Los Andes, Agencia Ejido, por la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bsf. 200,00), a favor de la ciudadana EUSTIQUIA HERNANDEZ VIUDA DE SOTO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V- 3.037.428, domiciliada en la Avenida Bolívar, casa N° 122, diagonal a al estación de servicio Trébol, Virgen de la Milagrosa, Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida y hábil, en su carácter de Beneficiaria, por concepto de Canon de Arrendamiento correspondiente al periodo del 18 de noviembre al 18 de diciembre de 2.008, en el expediente de consignación signado bajo el N° 229-2.008, Agréguese al Expediente de Consignación signado bajo el Nº 229-2.008, copia del Deposito efectuado.-.- CUMPLASE.-------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
SANCHEZ MOLINA SRIO.-
MUR/jm.- CONSIGNACION N° 229-2.008.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.
COMPROBANTE
(POR Bsf. 200,00).
EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ABOGADO JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA. HACE CONSTAR: Que la ciudadana MARINA ALICIA ESCALANTE DE PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.191.554, de este domicilio y hábil, debidamente asistida por la Abogada en Ejercicio DAFNE GLADYS HERNÁNDEZ PAREDES, inscrito en el Inpreabogado bajo le Nro. 65.490, mediante la cual consigna por ante este Tribunal comprobante de Depósito N° 06892202 del Banco de Fomento Regional Los Andes, Agencia Ejido, por la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bsf. 200,00), a favor de la ciudadana EUSTOQUIA HERNANDEZ VIUDA DE SOTO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cedula de identidad N° V- 3.037.428, domiciliada en la Avenida Bolívar, casa N° 122, diagonal a al estación de servicio Trébol, Virgen de la Milagrosa, Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida y hábil, en su carácter de Beneficiaria, a quien se deberá notificar de dichos depósitos, por concepto de Canon de Arrendamiento correspondientes a los periodos del 18 de noviembre al 18 de diciembre de 2.008, en el expediente de consignación signado bajo el N° 229-2.008, de un inmueble consistente en una casa para habitación ubicada en la vereda 1, casa N° 1, esquina Principal El Palmo, de la Urbanización Campo Elías, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, constancia que expido en Ejido, a los veinticinco (25) días del mes noviembre de dos mil ocho (2.008).---------------------------------------------------
EL SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA.
MUR/jm.- Consg. N° 229-2008.-