REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELIAS Y ARICAGUA
En horas de Despacho del día de hoy, siete (07) de Noviembre del año dos mil ocho (2.008), siendo las once (11: 00 am) de la mañana, día y hora fijada por el Tribunal, previa la Citación practicada por el Alguacil de este Juzgado, tal como consta en la diligencia consignada al folio veinticuatro (24) de la presente solicitud, para que tenga lugar el Acto de Reconocimiento de Documento Privado, por parte del ciudadano ANTONI WUILLIAM PARADES MEJIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 6.215.169, domiciliado en la calle Justo Briceño, N° 30, Parroquia matriz, Municipio Campo Elías, Ejido Estado Mérida y civilmente hábil, se anuncio el acto previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas del Tribunal, no compareció el mencionado ciudadano, motivo por el cual, este Tribunal de Conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1.364 del Código Civil Venezolano, DECLARA RECONOCIDO JUDICIALMENTE, el documento que se encuentra inserto al folio dos (02), de las presentes actuaciones redactado en papel sellado, en donde el ciudadano ANTONI WUILLIAM PARADES MEJIAS le vende al solicitante ciudadano JOSE LEON GUERRERO RODRIGUEZ, un lote de terreno que es parte de mayor extensión, ubicado en el sector Bella Vista, Jurisdicción de la Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado Mérida, cuyas características y linderos se encuentran reproducidos en el presente documento, el cual fue vendido por la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.F. 20.000, oo). Se deja constancia que para el momento del acto no se encontraban presentes las partes ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial.- Es todo.- Termino, se leyó y conforme firman.-------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MARIA MAGDALENA UZCATEGUI RONDON
EL…
… SECRETARIO,
ABG. JERRY LARRY SANCHEZ MOLINA
MUR/jm.-
SOLICITUD Nº 2.864.-