REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
CIBIDO HOY, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO, EN HORAS DE DESPACHO CONSTANTE DE TRES (3) FOLIOS UTILIZADOS, Y SUS ANEXOS EN TRES (3) FOLIOS UTILES (1 CHEQUE EN ORIGINAL).-
Sria Tit.,
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, once de Noviembre de dos mil ocho.-
198° y 149°
Visto el escrito que antecede, se admite, fórmese actuaciones, désele entrada y el curso de ley correspondiente. En consecuencia, vista la solicitud de OFERTA REAL DE PAGO por la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.800,oo), hecha por el ciudadano ALFONZO UZCATEGUI AGUZZI, a través de sus Apoderados Especiales ALBERTO JOSE NAVA PACHECO y REINA TERESA RANGEL RIVAS, a favor de RAFAELA CECILIA GONZALEZ DE UZCATEGUI. Se acuerda el traslado y constitución del Tribunal para el día MIERCOLES 26-11-08, a las 11:00 de la mañana, en el lugar indicado por la parte solicitante, con el objeto de cumplir con la misma. Y por cuanto este Tribunal lo considera necesario, ordena desglosar el Cheque de Gerencia signado con el N° 43087026, de fecha 07-11-08, por la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.800,oo), para la guarda y custodia del Tribunal y en su lugar se deje copia certificada.
LA JUZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
ABG. EILEEN C. UZCATEGUI B.
En la misma fecha se formó actuaciones y se le dio entrada bajo el N° 6773.
Sria Tit.,