REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
GADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- Mérida, veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.-
198º y 149º
Visto el escrito presentado en fecha 19-11-08, suscrito por el abogado LUIS EMIRO ZERPA MOLINA, con su carácter acreditado en autos, se acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, desglósense los folios 7 al 11, del presente expediente, dejando en su lugar copia fotostática debidamente certificada y a los que hizo mención el Solicitante. Para la elaboración del correspondiente fotostàto se autoriza a la Ciudadana YADIRA RAMIREZ, e insértese el contenido del presente auto al pie de dicha certificación. En cuanto a los folios del 1 al 4 del expediente, este Tribunal niega el desgloce de los mismos por ser el escrito de libelo de demanda, los folios 5 y 6 con sus respectivos vueltos, por ser copias simples, y los folios del 12 al 28 por ser copias certificadas.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. EILEEN C. UZCATEGUI B.
EN LA MISMA FECHA SE CUMPLIO CON LO ORDENADO.-
Sria Tit.-