TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL Nº 02. Mérida, Treinta de Octubre del año dos mil Ocho.-
198 º y 149 º
Visto el escrito suscrito por la ciudadana FATIMA COROMOTO ONTIVEROS BARROETA, venezolana, mayor de edad, soltera, estilista, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.577.397, hábil domiciliada en la ciudad de Mérida Estado, asistida por el abogado en ejercicio AMERICO RAMIREZ BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº Nº 28.739, en la cual desiste del procedimiento que mediante el escrito que encabeza las presente actuaciones que ha intentado en contra del ciudadano ROBERT ENRIQUE LUCENA MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.955.852, domiciliado en el Estado Mérida y se ordene el cierre y archivo del expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda dar por terminado el presente procedimiento en razón de que no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles; igualmente, el desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero la solicitante no podrá proponer otra solicitud antes que transcurran noventa (90) días de conformidad con el Artículo 266, Ejusdem. CÚMPLASE.
LA JUEZA TITULAR UNIPERSONAL Nº 02
ABOG. GLADYS YOLANDA JASPE
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. ELSY GUILLEN RAMÍREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior
LA SRIA
Exp. 20039
Fm/
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